La eficiencia energética es uno de los pilares clave de la sostenibilidad tanto para las empresas como para los países de la eurozona. El ahorro energético puede suponer su correcta aplicación en los modelos productivos de los países de la Unión Europea.
Por eso, la optimización del uso de la energía es uno de los retos a los que se enfrenta Europa durante este siglo. Para lograr reducir el impacto ecológico.
Como tal, la Comisión Europea se puso manos a la obra en el año 2012, con la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo. Fue tras percatarse de que los objetivos de aumentar en un 20% la eficiencia energética en todo Europa para el año 2020 eran inviables.
Por esta razón, Bruselas decidió impulsar una reforma de ley ambiciosa que, en resumen, trataba estos 5 puntos calientes:
- Modifica la Directiva 2009/125/CE sobre requisitos de diseño ecológico aplicable a productos relacionados con la energía.
- Cambia la Directiva 2010/30/UE sobre etiquetado de productos relacionados con la energía.
- Deroga la Directiva 2004/8/CE de fomento de la cogeneración.
- También deroga la Directiva 2006/32/CE sobre eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos.
- Complementa a la Directiva 2010/31/UE. Que es la relativa a la eficiencia energética de edificios. En lo referente a la función ejemplarizante de los edificios de los organismos públicos.
¿Cómo afecta esto a España?
Esta directiva impulsada por la Unión Europea se ha convertido en realidad en España en este año. Ha sido en febrero de 2016 cuando, a través del BOE, se supo que entraba en vigor, en el territorio español, el Real Decreto 56/2016. Este, a su vez, transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo.
¿Qué dicta el Real Decreto 56/2016?
Si se hace un análisis del Real Decreto se puede encontrar que, a partir de febrero de 2016, algunas empresas deben realizar medidas de ahorro y verificación del 85% de sus instalaciones. El objetivo no es otro que mejorar los consumos energéticos
Las empresas a las que afecta son:
- Las que tienen más de 250 personas.
- Con un volumen de negocio que exceda los 50M€.
- O que superen los 43M€ en su balance general.
De esta obligación quedan excluidas las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (PYMES). Así lo aclara el título I del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.
Es decir, toda empresa en la que trabajen 250 personas, que tenga un volumen de negocio superior a los 50 millones de euros, o que supere los 43 millones de euros en su balance general deberá, por ley, someterse a una auditoría energética cada cuatro años.
¿Cómo se pueden adaptar las empresas a esta nueva ley?
El Real Decreto determina dos vías para que las empresas afectadas puedan adaptarse:
- Realizar una auditoría energética que cumpla las directrices mínimas indicadas anteriormente.
- Aplicar un sistema de gestión energética o ambiental, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes. Siempre que el sistema de gestión de que se trate incluya una auditoría energética realizada conforme a las directrices mínimas que se indican en el apartado anterior.
¿Qué plazos contempla el Real Decreto?
El plazo dispuesto por la normativa fija en nueve meses, desde la entrada en vigor del Real Decreto. Es el tiempo que tendrán las empresas afectadas para adaptarse a la nueva situación en materia de eficiencia energética.
¿Y si se ha realizado alguna auditoría anterior?
En el caso de que los sujetos de la nueva normativa hayan realizado una auditoría, que cumpla con los requisitos dispuestos por el Real Decreto, con posterioridad al 5 de diciembre, se dará por válida.
¿A qué sanciones se exponen las empresas en caso de incumplimiento?
El Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia establece en su artículo 80 un rango de infracciones y en el artículo 82 las sanciones por las infracciones tipificadas.
Así, se extrae que toda empresa que no se adapte a las medidas expuestas se expondrá a sanciones que pueden alcanzar los 60.000 euros.
Stratenergy, un socio clave
Stratenergy es la empresa especializada en la eficiencia energética de las organizaciones por medio de la prestación de soluciones y servicios específicos. De esta manera, ayuda a generar un valor diferencial y a mejorar su posición competitiva.
Con el respaldo de un gran grupo con la experiencia de Velatia, Stratenergy se convierte en un socio de confianza con el que acometer los proyectos de optimización energética dispuestos en el Real Decreto 56/2016.